
Incremento en el precio del boleto del colectivo
Para Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú costará $35.
En la jornada del martes se publicó el Boletín Oficial, donde se informó sobre la rúbrica de un decreto que lleva las firmas del vicegobernador de la provincia, Rubén Dusso y el ministro de Integración Regional, Logística y Transporte, Raúl Chico.
En el articulado del decreto Nº 520 del Ministerio se establece “un incremento en la tarifa del servicio público de transporte de pasajeros en sus modalidades urbana y suburbana, referido al boleto mínimo urbano en sus siete secciones y boleto nocturno para el Valle Central (San Fernando del Valle de Catamarca, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú)”.
Asimismo, los aumentos quedan “supeditados” hasta que “queden impactados en el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE)”.
En cuanto a los incrementos, se fija que el boleto mínimo urbano y 1º Sección Suburbana tendrá como base un valor de $35. Mientras que el boleto nocturno urbano tendrá como base un valor de $ 52,20.
Valores de cada sección
Primera: $ 35.
Segunda: $ 37,10.
Tercera: $ 41,40.
Cuarta: $ 48.
Quinta: $ 52,20.
Sexta: $ 58, 70.
Séptima: $ 63,30.
Boleto nocturno
Primera: $ 52,20.
Segunda: $ 54,40.
Tercera: $ 63,30.
Cuarta: $ 71,60.
Quinta: $ 76,40.
Sexta: $ 82,70.
Séptima: $ 89.
En los considerando del decreto se detalla: “Con el dictado del presente instrumento, es necesario asegurar la calidad y eficacia del servicio, con razonable y adecuada rentabilidad para los concesionarios del servicio público de transporte”.
Resulta “ineludible” resguardar los caracteres propios de los servicios públicos. Es, se lee en el decreto, “una razonable actualización de las tarifas, que permiten a las empresas la operación, el mantenimiento y mejorar la calidad de los servicios. A los usuarios, la accesibilidad y el pago de una tarifa acorde a su poder adquisitivo.
”La recomposición de la tarifa plasma el reconocimiento de los incrementos producidos por los costos operativos de explotación del servicio”, mencionan.
Finalmente, tras citar la intervención de diferentes organismos provinciales, el decreto dice: “Queda claro que es facultad del Poder Ejecutivo Provincial (...) establecer una tarifa adecuada y razonable a los tiempos inflacionarios que atraviesa actualmente el país, con la finalidad de satisfacer las necesidades de transporte de la población, garantizando de esta manera la continuidad y regularidad del servicio urbano e interurbano de pasajeros”.